Circunstancias:
Alumno 1º curso profesional
Delitos:
Militancia en organizaciones afín a la República, irreligiosidad/ateísmo, planteamientos pedagógicos inadmisibles.
Observaciones*:
Resolución de la depuración: suspensión de empleo y sueldo dos años, e inhabilitación para el cargos directivos y confianza en Instituciones culturales y Enseñanza. La Comisión Depuradora Provincial (CDP) reconoce que la sanción final no corresponde "pero en este caso" se queda (1941).
Fuentes:
Sara Ramos Zamora, "La represión del Magisterio: Castilla-La Mancha, 1936-1945"/AGA, nº 12/53291 /Julia Gallego Lorenzo, “La depuración franquista del magisterio primario en Albacete (1936-1945)”