Francisco Arce Mancebo [AB-335]


Francisco Arce Mancebo (de profesión bracero)
era natural de La Gineta (Albacete) y murió el día 25/04/1941.

Muerte (otras causas)


Otros datos que tenemos de Francisco son:

Edad: 
46
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
La Gineta (Albacete)
Filiación sindical: 
CNT (durante la guerra)
Lugar de muerte o condena: 
En su domicilio de La Gineta (Albacete)
Inicio de la condena: 
14/06/1940
Circunstancias: 
Se celebró el consejo de guerra el 7 de marzo de 1941, haciéndose firme la sentencia ese mismo día. Dejaría extinguida la pena el 12 de junio de 1948. Murió encontrándose en situación de prisión atenuada en su domicilio de La Gineta (Albacete), el día 25 de abril de 1941. No se conserva mandamiento de libertad, no sabiendo la fecha concreta de su excarcelación, aunque el expediente conserva un documento según el cual, a fecha de 30 de noviembre de 1940, se encontraba aún en la Prisión Provincial de Albacete.
Delitos: 
Auxilio a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 6636-40 (Albacete)
Sentencia: 
8 años de prisión mayor

Observaciones*: 
Procesado por sus antecedentes políticos, así como por haber participado en la tentativa de detención de Servando Rangel, en la destrucción de la iglesia y en la manifestación que se formó a continuación pridiendo el fusilamiento de los presos derechistas. También se le acusa de haber sido colectivista en la llamada "Casa de Tente". En el registro civil aparece como causa de la muerte peritonitis. Comparecencia

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15124/6 / Manuel Ortiz Heras, Violencia, conflictividad y justicia en la provincia de Albacete (1936-1950), 1994

Investigadores: 
Manuel Ortiz Heras / Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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