Antonio Alcaraz Asensio [AB-145]


Antonio Alcaraz Asensio (de profesión representante)
era natural de Lorquín.

Prisión


Otros datos que tenemos de Antonio son:

Edad: 
53
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
La Roda
Partido: 
Partido Radical
Filiación sindical: 
CNT
Cargo público: 
Concejal del Ayuntamiento de La Roda (Albacete) y vocal del Frente Popular durante la guerra
Actividad en la guerra: 
Fundador y Secretario de la CNT (desde agosto de 1938 hasta el final de la guerra)
Lugar de muerte o condena: 
Prisión de Partido de La Roda
Inicio de la condena: 
30/10/1939
Fin de la condena: 
12/05/1943
Circunstancias: 
Es reducido a prisión el 30 de octubre de 1939 y sentenciado el 2 de noviembre de 1942, quedando la pena extinta el 26 de octubre de 1951. Obtiene la libertad condicional el 5 de mayo de 1943 y es indultado el 11 de julio de 1946.
Delitos: 
Auxilio a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 5246 (La Roda)
Sentencia: 
Doce años de prisión mayor

Observaciones*: 
Acusado de votar en contra de indultos de personas de derechas juzgados por el Tribunal Popular, y ser testigo en juicios contra personas de derechas. Comparten causa Antonio Alcaraz Asensio y José Escribano Jiménez. Con anterioridad a la guerra estaba afiliado al Partido Liberal Demócrata, pero en septiembre de 1936 se afilió a la CNT. Al final de la guerra fue detenido y juzgado en el Consejo de Guerra (Causa nº 5246, La Roda) que le condenó a 12 años de reclusión, que cumplió hasta su liberación condicional (Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15012/7). En 1945, fue implicado en la causa seguida a propósito de la reorganización del Partido Comunista en la provincia de Albacete (Causa nº 448) y recluído en la Prisión Provincial de Albacete, pero finalmente no fue procesado (AHGD, caja 14516/3 y 14517/1).

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15012/7

Investigadores: 
Mario López Ruiz / Luclía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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